16 Ene IDC denuncia el trato a los trabajadores de STIPES en Acajutla (El Salvador)
El Consejo Internacional de Estibadores (IDC), denuncia el trato al que están siendo sometidos nuestros afiliados, pertenecientes al Sindicato de Trabajadores de la Industria Portuaria de El Salvador (STIPES), por parte de CEPA (Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma) en el puerto de Acajutla (El Salvador).
El gerente del puerto de Acajutla se niega a dar permisos sindicales a los miembros de la junta de STIPES; cuando, según el Convenio Colectivo, deberían tener a dos representantes del sindicato trabajando a tiempo completo.
Por otro lado, la propia gerencia del puerto exige productividad a los trabajadores mientras les obliga a operar con equipos en mal estado u obsoletos, poniendo en riesgo su integridad física aun sabiendo de accidentes previos por dichos motivos. Se trata, entre otros, de maquinaria pesada, con spreaders en mal estado, entre otros.
Además, el veto que los compañeros de STIPES están sufriendo por parte de los miembros de la jefatura del puerto, quienes tienen órdenes de su gerente de no atender a reuniones con STIPES, alegando que no cuentan con las credenciales otorgadas por el Ministerio de Trabajo, aprovechando este hecho para explotar e invitar a los trabajadores para que salgan del sindicato. “Se trata de un comportamiento impropio, y denunciable, que coarta la libre sindicalización de los trabajadores, un derecho por Ley”.
En este sentido, IDC exige a CEPA:
1. El cese inmediato en su persecución sindical y menosprecio a la labor de los compañeros de STIPES.
2. Un diálogo fluido con el sindicato y respetar el Convenio Colectivo firmado.
3. Medidas inmediatas para evitar el uso de material defectuoso o en mal estado, ofreciendo las medidas de seguridad necesarias a los trabajadores para el desarrollo de su actividad con total normalidad.
El IDC se pondrá en contacto con el ministro de Trabajo de El Salvador para asegurar que se tomen las medidas necesarias, además de permanecer atentos a los acontecimientos para valorar acciones posteriores de no alcanzar un compromiso favorable por parte de CEPA.
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